





Ley N° 21.719 · Chile
La era de la protección de datos comienza el 1 de diciembre de 2026
Multas de hasta 20.000 UTM para las empresas que no se preparen. Pharos LCT te guía hacia el cumplimiento.
Entrada en vigencia · 1 de diciembre de 2026
Ese día, toda empresa que trate datos personales en Chile quedará sujeta a la Ley N° 21.719: nuevas obligaciones, nuevos derechos para los titulares y una Agencia con facultades para fiscalizar y sancionar. Prepararse no es opcional; es continuidad del negocio.

Lo que cambia
Tus clientes tendrán el control de sus datos. Tu empresa, la responsabilidad de protegerlos.
Consentimiento expreso, derechos de acceso y supresión, reporte de incidentes, evaluaciones de impacto y un régimen sancionador con multas que alcanzan los $1.400 millones. La Ley N° 21.719 redefine la relación entre las empresas y los datos de las personas.
Leer el resumen de la ley →
El costo de no actuar
5.000
UTM · leve
Por incumplir deberes de información o responder fuera de plazo.
10.000
UTM · grave
Por tratar datos sin consentimiento o vulnerar la seguridad.
20.000
UTM · gravísima
Por tratamiento fraudulento o vulnerar datos sensibles a sabiendas.

Cómo te acompañamos
Del diagnóstico al cumplimiento, con un solo equipo.
- 01
Diagnóstico
Medimos tu nivel de exposición y brechas frente a la ley.
- 02
Adecuación normativa
Políticas, consentimientos y procedimientos a la medida.
- 03
Delegado de Protección de Datos
Tu DPD externo, o apoyo al interno.
- 04
Seguridad de la información
Medidas técnicas alineadas al estándar exigido.

